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LEY ANTITABACO

LEY ANTITABACO Enviar Enviar a otra persona Imprimir Imprimir ¿Qué dice la ley? Resulta complejo echar un vistazo a la recién aprobada Ley Antitabaco. Sobre todo, para los casi diez millones de fumadores que desde el 1 de enero ya ven limitados los espacios en los que poder encender un cigarrillo. Sus defensores aseguran que no se trata de recortar los derechos de los adictos a la nicotina, sino de poner en valor los de quienes no dependen del pitillo. El Gobierno, por su parte, se muestra convencido de que la ley supone el inicio de “un futuro esperanzador” y ha conseguido que el texto que redactó hace algunos meses se apruebe en el Congreso sin experimentar apenas modificaciones. Pero, ¿qué dice exactamente la Ley? Dividido en cinco capítulos, el texto legal recoge todos los detalles relativos a su objetivo; limitaciones en la venta, suministro y consumo del tabaco; su publicidad, promoción y patrocinio; medidas de prevención del tabaquismo; y el régimen de infracciones y sanciones, uno de los apartados que más interés acapara porque a la hora de pagar, no siempre es culpable quien comete la infracción, sino también quien da su permiso para cometerla. Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el consumo de tabaco es responsable del 90% de la mortalidad por cáncer de pulmón y del 50% de la mortalidad cardiovascular. En España, cada año, el 16% de las muertes ocurridas entre personas mayores de 35 años están relacionadas también con el consumo de cigarrillos y la propia OMS advierte de que “la exposición al aire contaminado con humo del tabaco es carcinogénica en los seres humanos”. Si se analiza la Ley con detenimiento, destaca en primer lugar el interés de ésta por establecer limitaciones en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como por la promoción de los mecanismos necesarios para la prevención y control del tabaquismo. El reproche realizado por parte de los sanitarios es, sin embargo, que no aprueba la financiación de los medicamentos para dejar de fumar por considerar que no se trata de una “cuestión prioritaria” dentro del Sistema Nacional de Salud. “Existen fundamentados estudios que sostienen que una inversión en este campo sería rentable para el conjunto de la sociedad, en la medida en que se reduciría el alto gasto que conllevan las afecciones provocadas por el tabaco”, critica la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR). Con el nuevo año, tan sólo se podrá adquirir una cajetilla de tabaco en los estancos, las máquinas expendedoras y las tiendas libres de impuestos autorizadas en puertos y aeropuertos, en los tradicionales “duty free”. Además, las máquinas expendedoras se ubicarán en lugares en los que no esté prohibido fumar, dispondrán de una advertencia sanitaria en la superficie frontal y no podrán ser empleadas por menores de 18 años, una última condición que será regulada mediante la instalación de mecanismos técnicos que impidan el acceso de los menores al tabaco. Tampoco se podrá publicitar el tabaco en ningún medio de comunicación, ni distribuirse material promocional “fuera de la red de expendedurías de tabaco y timbre del Estado”, y se impulsarán programas de educación para la salud, información sanitaria y prevención del tabaquismo.

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